13- OTROS

13.1 Régimen municipal

13.1.d) Sustitución de funcionarios de elección popular ausentes

Ausencia temporal de alcalde. Designación de vicealcalde primero en cargo no requiere aprobación ulterior de concejo municipal.

En el caso de ausencias temporales tramitadas directa y voluntariamente por el mismo alcalde, la designación del vicealcalde primero -en su lugar- no comporta gravamen alguno que deba ser tutelado por lo que no requiere aprobación ulterior por parte del concejo municipal u otro, salvo el trámite administrativo usual que para efectos remuneratorios demande a lo interno de la corporación municipal. Desde luego, tal sustitución temporal deberá ser informada al concejo municipal respectivo para efectos de facilitar, agilizar y garantizar la dinámica de trabajo entre la alcaldía y ese órgano colegiado.

N.º 8652-E8-2012 de las nueve horas quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce.  Consulta formulada por los señores Claudio González Artavia, Sonia Torres Arguedas y Amanda Lía Villalobos Jiménez, en su condición particular, sobre el procedimiento de sustitución del señor Alvaro Jiménez Cruz, Alcalde de la Municipalidad de Montes de Oro, provincia Puntarenas.